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י"ח אדר ב’ התשפ"ד

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La mitzva de pagarle al trabajador en el mismo día que terminó su labor, decimo capítulo/65

  1. Cuando la persona no solo se atrasa, sino que se abstiene por completo de pagar, (y no tiene contemplado hacerlo) e incluso cuando solo deja de pagar una fracción pequeña del sueldo total que se comprometió a pagar, transgrede cinco prohibiciones de la Torá que son: 1) «No defraudaras a tu prójimo 2) «No le robaras (a tu prójimo) 3)»No dormirá contigo el salario del trabajador» 4) «No defraudaras a un empleado pobre» 5) «El sol no deberá ponerse sobre él (el salario)», y deja de cumplir la mitzva positiva de: «En su día le entregaras su salario».

Por ello, la persona debe ser muy escrupulosa en relación a este asunto.

 

“Te diré hombre que es Bueno y que es lo que demanda Hashem de ti,  que actúes con justicia, ames con misericordia y camines con humildad junto a tu Di-s” (Mija 6:8)