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La mitzva de pagarle al trabajador en el mismo día que terminó su labor, noveno capítulo/48

  1. Un trabajador que fue contratado por un periodo específico, como por ejemplo por una semana, mes, año, etc. Si el tiempo por el cual fue contratado termina en el día, el empleador debe pagarle en ese mismo día, y si termina en la noche, debe pagarle esa misma noche.
  2. Esta ley -que debe pagarle al trabajador en el día que concluye su trabajo –se aplica también cuando usted arrienda utensilios de trabajo, que debe pagar en el día que fijó devolverlos.

En relación al arriendo de propiedades, hay divergencias de opiniones si el arrendatario tiene la mitzva de pagar en el día que fijo con el arrendador. Dado que hay diferentes opiniones, lo correcto es seguir la opinión más estricta y ser cuidadoso de pagar en el día que fijaron.

Todas estas leyes se aplican también cuando contrató a un menor para hacer algún trabajo, que debe ser cuidadoso de pagarle cuando termina su labor.

“Te diré hombre que es Bueno y que es lo que demanda Hashem de ti,  que actúes con justicia, ames con misericordia y camines con humildad junto a tu Di-s” (Mija 6:8)