1. Si paso el día del pagamiento del salario y el empleador no pago, en los próximos días él no transgrede la prohibición de la Torá: «No dormirá contigo el salario del trabajador…», sino una prohibición de los Sabios (Mishle 3:28): «No le dirás a tu compañero: ´vete y mañana te pagare (tu salario) ´, en circunstancias que tienes (el dinero) contigo».