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Leyes de Lashon Hara/regla número cuatro 5-6 (42)

5. Dos personas que vieron a alguien transgredir una prohibición y saben que esta persona no acepta reprimendas y es alta la probabilidad que vuelva a transgredir, es bueno contárselo a los jueces del Beit Din (tribunal judío) o a sus familiares para que ellos lo reprendan y lo alejen del pecado. Sin embargo, esto debe realizarse solo si sabe que los familiares van a escucharlo y creer en sus palabras, ya que muchas veces los familiares no quieren escuchar cosas negativas y al final sus palabras solo causarán peleas. Ahora bien, el que vio solo a otro judío transgredir tiene prohibido atestiguar, ya que no será creído, y su testimonio será Lashon Hara. Sin embargo, puede contárselo en privado a su rabino si éste confía mucho en él.

6. Incluso cuando su rabino no va a guardar el secreto y es posible que se lo cuente a otros, de todas formas está permitido contárselo si cree que él va a poder influenciar a la persona para que no siga cometiendo pecados.

 

"Aquél que guarda su boca y su lengua, guarda su alma de angustias." (Mishle 21:23)