י״ד באדר ב׳ ה׳תשפ״ב
Leyes de lashon hara/regla número siete (64)
- 11. Este permiso de creer en las palabras del otro fue dicho solo cuando se reconoce y hay pruebas claras (y no parciales) que lo que el otro dijo es verdad. Además, aquel que lo contó debió haberlo visto y no solo escucharlo.
12. Incluso cuando el oyente puede creer en lo que escucha de su compañero, no puede contárselo a otros ni mucho menos causar daños, ya sean físicos o económicos, a la persona de la cual escuchó hablar.
Cada segundo y segundo que la persona sella su boca, se hace merecedor de la luz oculta que ningún ángel ni creación pueden imaginar (carta del Gaon de Vilna en nombre del Midrash)
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Leyes sobre el tema de los últimos días: Shemirat Halashon