ט״ו באדר ב׳ ה׳תשפ״ב
Leyes de lashon hara/regla número siete (65)
- Cuando el Beit Din (tribunal judío) escucha una acusación en contra de una persona, con argumentos que pueden reconocerse con certeza como verdaderos, como por ejemplo cuando alguien viene a quejarse que su compañero le robó algo, en este tipo de casos el Beit Din tiene permitido –por la necesidad del momento- presionar, incluso físicamente, a la persona hasta que ésta reconozca lo que hizo. Este permiso fue solo dado al Beit Din y no a personas particulares.
14. Es por ello que aquellas personas que fueron designadas para cuidar de las necesidades de la comunidad, no pueden forzar a alguien para que reconozca lo que hizo basados en las acusaciones de su compañero sin tener pruebas claras y certeza que sus argumentos son verdad. Y si lo hacen transgreden una prohibición muy grande.
Cada segundo y segundo que la persona sella su boca, se hace merecedor de la luz oculta que ningún ángel ni creación pueden imaginar (carta del Gaon de Vilna en nombre del Midrash)
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Leyes sobre el tema de los últimos días: Shemirat Halashon