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Leyes de rejilut/regla número nueve 11-12 (111)

  1. Si la persona ve que su compañero compró algo y fue engañado, se le podría decir que fue engañado solo si según la halaja (ley judía) su compañero puede reclamar, o cuando piensa que si no le advierte él vuelva a comprar de este vendedor. Si según la halaja el comprador puede reclamar, está permitido contarle cuando se cumplen las siguientes condiciones:

12. 1) No acrecentar el daño que sufrió su compañero producto del engaño 2) Tener un propósito constructivo y tener certeza que sus palabras realmente van ayudar 3) No puede influenciar al vendedor a devolver la diferencia sin contarle al comprador 4) No hay otra forma de arreglar la situación 5) Si el comprador es una persona que habla rejilut y sospecha que le va a contar al vendedor quien fue el que habló mal de él, no es claro en la halaja si le puede contar al comprador que fue engañado. Sin embargo, si le pide al comprador que no le cuente al vendedor quien se lo dijo y cree que éste va a cumplir su pedido, está permitido.

"Aquél que guarda su boca y su lengua, guarda su alma de angustias." (Mishle 21:23)