Jueves 

י"ח אדר ב’ התשפ"ד

Jueves

י"ח אדר ב’ התשפ"ד

חיפוש בארכיון

Mitzva 133) Prohibición de apagar el fuego en el Altar

Parashat Tzav

“Un fuego continuo arderá sobre el Altar…no se apagará” (Vayikrá 6,6)

Mitzva prohibitiva de apagar el fuego que hay sobre el Altar, como dice el versículo “Un fuego continuo arderá sobre el Altar…no se apagará”

El fundamento de la mitzva que se mantenga el fuego que fue encendido sobre el Altar continuamente fue desarrollado en la última mitzva, y es el mismo que el de esta mitzva que prohíbe el apagado de ese fuego.

La particularidad de la mitzva establece que incluso que haya primero bajado el fuego del Altar, y luego apagado, transgrede esta mitzva. El fuego de la pala utilizada en el Altar, o el del candelabro (Menorá) del Santo Templo, preparado en el Altar para desde allí encenderlo, incluso que lo haya apagado en el extremo del Altar, estará exento, por cuanto que fue encendido en el Altar para la necesidad de otra mitzva, y no es considerado “el fuego del Altar”, y no nos advirtió la Tora, sino sobre el apagado del fuego del Altar, como dice el versículo “un fuego continuo arderá sobre el Altar”.   

Se debe cumplir esta mitzva en el tiempo que el Santo Templo de Jerusalén está en pie, tanto por hombres como por mujeres, incluso por Israel (es decir no Kohen ni Levy). Quien transgrede y apaga el fuego del Altar, incluso una sola braza, será castigado con latigazos.

"El Rabi Simlai dijo: seiscientos trece mandamientos se le han comunicado a Moisés. Trescientos sesenta y cinco prohibiciones equivalentes al número de los días del sol, y doscientos cuarenta y ocho preceptos a cumplir, correspondientes a los miembros del cuerpo humano." (Tratado Makot 20: )