Mitzva 54) Precepto del Beit Din de juzgar a un ladrón
Parashat Mishpatim
“Si un hombre roba…” Shemot (21,37)
Mitzva prescriptiva que establece la obligación del Beit Din de juzgar y castigar al ladrón como dice el versículo “si un hombre roba…”, esta ley de la tora refiere a la persona que se apodera de cualquier bien de valor del compañero, tanto sea de su casa, de su bolsillo o de cualquiera de sus propiedades, sin que los dueños lo vean ni presten atención a lo sucedido.
La particularidad de la ley establece que el ladrón deberá pagar el doble de lo que robo, y en caso de haber robado un toro o un cabrito y haberles hecho shejita o vendido a otros deberá pagar cuatro veces más en el caso del cabrito y cinco en el caso del toro. En caso de no tener para pagar será vendido como siervo para cumplir con su obligación, lo que será solamente en caso de que su valor sea equivalente o menor al de su robo, pero si vale más no será vendido.
El fundamento de la mitzva es ciertamente lógico.
Se debe cumplir esta mitzva por hombres capacitados para juzgar que puedan formar un Beit Din de jueces nombrados por autoridades rabínicas de la tierra de Israel, ya que solo ellos pueden obligar el pago extra al capital robado que obliga la Tora, en caso de que no se encuentre un Beit Din con estas características, no tendrá otro Beit Din la capacidad de obligar sino a la devolución de la cosa robada o en su defecto de su valor en dinero o especie. La ley de la venta del mismo ladrón como siervo no rige sino en tiempos que el pueblo de Israel está obligado a cumplir con la mitzva del jubileo.