Mitzva 608) Prohibición de comer de los diezmos en estado de aninut.
Parashat Ki Tavo
«no comí de él en mi luto…»(Dvarim 26,14)
Mitzva prohibitiva de comer del segundo diezmo en estado de aninut. El aninut mencionado en la Tora es el estado de una persona que ese mismo día le ha fallecido y ha enterrado uno de sus seres queridos por los que está obligado a sentarse en duelo. Al respecto dice el versículo «no comí de él en mi luto…» de lo que se entiende que si lo hubiese hecho habría transgredido una prohibición. No solo el segundo diezmo está prohibido de comer en estado de aninut sino también todos los alimentos consagrados. Quien trasgrede y los come en ese estado de luto será castigado con latigazos.
El fundamento de la mitzva es, siendo que los alimentos consagrados, luego de ser ofrendados, los recibe la persona de «la mesa de las alturas», que es la del creador, no corresponde que quien está en estado de dolor y gran sufrimiento en su corazón se acerque a comer a la mesa del rey, idea similar encontramos en el versículo de la Meguilat Esther que dice «porque no se puede acercar a los portones del palacio del rey con ropas de duelo…». Otro motivo de la mitzva es siendo que al ser comidos los alimentos consagrados sus dueños expían sus pecados y por ende no hay duda que al hacerlo dedican la mayor de las intenciones y una plena concentración, además de dirigir todos sus pensamientos y movimientos a Hashem, y al ser que cualquier persona que está en estado de aninut, es decir en el día del fallecimiento de uno de sus seres queridos, esta con seguridad sumergida en un gran sufrimiento, preocupada y con temor y en consecuencia su concentración y su intención no serán las óptimas sino que todo lo contrario, por ende no será conveniente en esos momentos comer los alimentos consagrados en nombre del cielo.
Rige esta prohibición tanto sobre hombres como mujeres en el tiempo que el Santo Templo está en pie, que es cuando está en vigencia la mitzva de la Tora de separar los diezmos.