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Sección 3, capitulo 2 «Sobre la utilización de los nombres sagrados y la hechicería» (novena parte) /156

  Entre las influencias que Dios decretó que se produzcan al ser utilizado los distintos Nombres, determinó que las mismas otorguen el poder de anular las leyes naturales a quien las utilicen.

  Dichos individuos podrán relacionarse con entidades espirituales y adquirirán un conocimiento y una información superior a la del ser humano normal, así como otras ramificaciones que se producen de esta raíz.

  Esto constituye la inspiración Divina (Ruaj HaKodesh) y la profecía (Nebuá), como lo desarrollaremos en el próximo capítulo, Dios mediante.

  Asimismo, decreto que la transmisión de la influencia se realice por los medios que citamos, o sea los Nombres Divinos relacionados con Dios y sus respectivas influencias. Todo esto se produce al mentalizarlos -dichos nombres- o pronunciarlos, o asociarlos con otras expresiones, siempre dentro de las condiciones requeridas, como lo aclararemos más adelante, con la ayuda de Dios.

R. Moshe Jaim Luzzatto Z"L TRADUCIDO AL CASTELLANO POR EL RABBI ISAAC FADDA.

“para que encomiende a sus hijos y a su casa después de él, a fin de que guarden el camino del Eterno, para hacer rectitud y justicia”