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Sección 4, capitulo 2 «El estudio de la Torá» (sexta parte) /198

6] La segunda condición es la rectificación de la conducta humana.

Pues quien desee obtener dicha influencia Divina, debe ser digno de recibirla y hallarse apto para tal fin.

Empero si el hombre se impurifica a si mismo con transgresiones y culpas y se aleja de Su Creador, corrompiéndose ante las fuerzas del mal y la impureza, sobre él está dicho: «Y al malvado le dice Dios: quien eres tú para hablar de mis estatutos» (Salmos 50,16). Y así se expresaron Nuestros Sabios de Bendita Memoria: «Todo aquel que le ensena a un discípulo indigno es -su actitud considerada idolatría- como si arrojara una piedra -como servicio al dios pagano- Mercurio» (Tal. Julim 133).

Y una persona así, de hecho, su Tora no producirá ninguna influencia ni nivel, como lo citamos más arriba.

 

R. Moshe Jaim Luzzatto Z"L TRADUCIDO AL CASTELLANO POR EL RABBI ISAAC FADDA.

“para que encomiende a sus hijos y a su casa después de él, a fin de que guarden el camino del Eterno, para hacer rectitud y justicia”