Pero la obligación del hombre recto, al venir alguien a aconsejarse, es sugerirle lo que él haría para sí, observando sólo el beneficio del aconsejado sin otra finalidad por lejana o cercana que esté.
Y si ocurre que viera algún daño para sí mismo en ese consejo, si se lo puede evidenciar que lo haga, y si no se eximirá y no lo aconsejará.
Pero de todas formas, no le aconsejará nada que no tenga como objetivo, sino el beneficio del interlocutor, exceptuando si la intención del que se aconseja es para perjudicar, y entonces será meritorio engañarlo, como ya está dicho: “Y con el perverso te torcerás” (Salmos 18). Y el relato de Jushai de Arkí, lo demuestra (Samuel I).

