Domingo 

כ"ט סיון התשפ"ו

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Leyes de rejilut /regla número nueve 1-2 (106)

1. Aquel que ve que su compañero quiere asociarse con alguien y piensa que esta asociación ciertamente va a causarle daño, debe advertirle de ello, pero para que esto esté permitido deben cumplirse las siguientes cinco condiciones:

2. 1) Tiene que estar seguro que esta asociación es realmente algo malo. 2) No exagerar para mal cuando habla del posible socio. 3) Debe tener un propósito constructivo, es decir, evitar que su compañero se vea perjudicado y no advertirlo por odio hacia el posible socio. Además la persona debe pensar bien si sus palabras van a ser escuchadas, y no debería contarle a alguien si sospecha que éste le va a contar a otros o a la persona aludida que él habló mal de ella. 4) Si no puede conseguir este beneficio de otra forma. 5) No va a causarle otros males a la persona de la cual habló (solo que su compañero no vaya a asociarse con ella).

 

"Aquél que guarda su boca y su lengua, guarda su alma de angustias." (Mishle 21:23)

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