Domingo 

כ"ט סיון התשפ"ו

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 MELAJOT (309)

DECRETOS DE LOS SABIOS

7. REGALOS

Está prohibido hacer cualquier transacción de compra, venta o regalo en Shabbat y Iom Tov. Por lo tanto, quien está invitado a comer en Iom Tov no puede presentar un obsequio al anfitrión, a menos que un tercero lo hubiese tomado ya en posesión, en calidad de delegado para el beneficiario, antes de Iom Tov. Si no lo hizo, el anfitrión puede recibir el obsequio con la intención de no adquirirlo sino recién después de Iom Tov.

Si un huésped que desconoce las leyes de la santidad del Shabbat trae un obsequio que transportó por la vía pública, no se lo debe recibir de sus manos en Shabbat, a menos que sospecha que el huésped se ofenda, y que se haya detenido previamente para saludar (la situación es más habitual). Si lo que trajo es un alimento, no se deberá consumir hasta después de Shabbat.

Está permitido entregar comida (u objetos que no son Muktzé) siempre que no se mencione la cantidad, el peso y/o el precio.

Asimismo, está permitido obsequiar objetos necesarios para una Mitzvá, p.ej. un Etrog o un Talit.

 

Las Halajot y el estudio sobre el Shabbat se extraen del libro 'Jemdat Iamim'. Todos los derechos están reservados para el autor, el Rabino Daniel Oppenheimer shlit"a. Queda estrictamente prohibida la reproducción o distribución sin la previa autorización por escrito del autor.

"Por mérito del Shabat podemos merecer tu compasión y que Hashem nos reúna de nuestro exilio. Si Israel guardara dos shabatot de acuerdo a sus leyes, seríamos redimidos de inmediato" (Zohar Jadash, Vayeshev).

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