Parashat Mishpatim
“No tendrá autoridad para venderla a un pueblo extraño…” Shemot (21,8)
Mitzva prohibitiva que establece que el amo que adquirió una joven judía de las manos de su padre como sierva hebrea tiene prohibido venderla a otra persona como dice el versículo “No tendrá autoridad para venderla a un pueblo extraño…”, explicaron nuestros sabios que las palabras “a un pueblo extraño” no deben ser entendidas literalmente, sino que refieren incluso a otro hombre de los hijos de Israel como fue traducido por Onkelos en su traducción al arameo. Ahora bien, el motivo por el que la Tora se expresó con esas palabras fue para acentuar la gravedad de esta situación, que si la vendiera a otro hombre es considerado como si la haya vendido a un pueblo extraño.
El fundamento de la mitzva es que quiso el creador meritarnos, por lo que nos encomendó conducirnos con la cualidad de piedad, la cual es amada delante de él.

