Domingo 

כ’ ניסן התשפ"ד

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Mitzva 487) Prohibición de ofrecer la ofrenda de Pésaj en un altar propio

Parashat Ree

“no podrás sacrificar el Pesaj en una de tus ciudades no podrás sacrificar el Pesaj en una de tus ciudades” (Devarim 16,5) 

Mitzva prohibitiva de faenar y acercar el corderito del sacrificio de Pesaj en un altar de propiedad privada individual, e incluso en el tiempo que estaba permitido acercar en los altares mencionados, tiempos, antes de la construcción del Santo Templo, en que cada individuo de Israel que deseaba acercar una ofrenda en el nombre de Hashem construía un altar en el lugar que quería y allí lo hacía, con el sacrificio de Pesaj no era así ya que esta permisión era exclusiva respecto al resto de los sacrificios pero el de Pesaj nunca estaba permitido acercarlo sino en el Altar público, él que estaba en el lugar del tabernáculo, como dice el versículo “no podrás sacrificar el Pesaj en una de tus ciudades”.    

El fundamento de la mitzva es grabar en nuestras almas la trascendente relevancia del sacrificio de Pesaj y lo valiosa que es su mitzva por el motivo que ya explicamos en repetidas oportunidades. Y ciertamente que es más grande el honor de la mitzva y su difusión cuando se la realiza en un lugar específico, todos juntos y no cada uno individualmente en donde desee.

Rige esta prohibición tanto sobre hombres como sobre mujeres, en el tiempo que el Santo Templo está en pie, ya que solo entonces se acerca el sacrificio de Pesaj. Y se puede decir que incluso en nuestros tiempos quien transgrede y santifica un corderito para hacerlo sacrificio de Pesaj y lo acerca en un altar privado, habrá transgredido esta mitzva y será castigado con latigazos.

"El Rabi Simlai dijo: seiscientos trece mandamientos se le han comunicado a Moisés. Trescientos sesenta y cinco prohibiciones equivalentes al número de los días del sol, y doscientos cuarenta y ocho preceptos a cumplir, correspondientes a los miembros del cuerpo humano." (Tratado Makot 20: )