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Capítulo 14, » Aspectos de la abstinencia» (segunda parte) /158

La abstinencia en cuanto a las leyes consiste en hacerlas rigurosas siempre, aún cuando existen diferencias de opiniones rabínicas, considerar las ideas aisladas siempre que aparezcan razonables aunque no sean las definitivas, con la condición de que no alivianen la cuestión. Y aún mantenernos rigurosos en las dudas que podamos hacernos concesiones.

Y ya comentaron Nuestros Sabios sobre el versículo de Ezequiel, «He aquí mi alma no se contamino, lo siguiente, no comí de un animal que permitiera un sabio, y no comí la carne carneada apresuradamente».

Todo esto es permitido explícitamente por la ley, pero él era riguroso consigo mismo. Y ya hemos recordado anteriormente que no deben deducir de lo que le fue permitido a todo Israel, ya que los abstinentes deben alejarse de lo abominable y de todo lo que se le asemeje aun remotamente.

 

R. Moshe Jaim Luzzatto Z"L TRADUCIDO AL CASTELLANO POR EL RABBI ISAAC FADDA.

"El sendero de los rectos es apartarse del mal; el que guarda su alma preserva su camino." (Mishle 16:17)

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