Domingo 

ו' תמוז התשפ"ו

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Leyes de lashon hara/regla número siete 13-14 (62)

13. Cuando el Beit Din (tribunal judío) escucha una acusación en contra de una persona, con argumentos que pueden reconocerse con certeza como verdaderos, como por ejemplo cuando alguien viene a quejarse que su compañero le robó algo, en este tipo de casos el Beit Din tiene permitido –por la necesidad del momento- presionar, incluso físicamente, a la persona hasta que ésta reconozca lo que hizo. Este permiso fue solo dado al Beit Din y no a personas particulares.

14. Es por ello que aquellas personas que fueron designadas para cuidar de las necesidades de la comunidad, no pueden forzar a alguien para que reconozca lo que hizo basados en las acusaciones de su compañero sin tener pruebas claras y certeza que sus argumentos son verdad. Y si lo hacen transgreden una prohibición muy grande.

 

"Aquél que guarda su boca y su lengua, guarda su alma de angustias." (Mishle 21:23)

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